En libertad afrontarán el proceso

En una audiencia celebrada el lunes 7 de abril, la jueza de control de garantías del Juzgado Único Promiscuo Municipal de Mistrató, resolvió...

En una audiencia celebrada el lunes 7 de abril, la jueza de control de garantías del Juzgado Único Promiscuo Municipal de Mistrató, resolvió no imponer medida de aseguramiento a Dagoberto Bueno Cuartas, alias Dago y Óscar Eduardo Duque González, dragoneante del Inpec, quienes son investigados por presuntos delitos de extorsión, peculado por apropiación, prevaricato por omisión y lesiones personales.



En su intervención, la jueza manifestó que "este despacho considera que no existen los elementos materiales probatorios suficientes para inferir la autoridad o participación de los imputados en los delitos investigados".

Como resultado, se ordenó la libertad inmediata de los señores Dagoberto Bueno Cuartas y Óscar Eduardo Duque González. La jueza aclaró que la fiscalía podrá apelar esta decisión ante el juez penal del circuito de Pereira, como corresponde.


Contexto
El señor Juan Felipe Llanos, quien estaba recluido en la cárcel La 40, y mantenía una relación de cercanía con los imputados, fue la principal fuente de las acusaciones. Según testimonio, fue extorsionado por ambos imputados a través de llamadas telefónicas. En su relato, Llanos reconoció la voz de Dagoberto durante una videollamada, aunque sin poder identificarlo visualmente.

Del dragoneante dijo que este lo había maltratado durante una requisa, además de quedarse con unos costosos audífonos que tenía en su poder.


Debate Judicial

La Fiscalía presentó diferentes pruebas, entre ellas, pantallazos de las videollamadas y testimonios que vinculan a los imputados con la presunta extorsión. La fiscalía argumentó que existía un vínculo claro entre los hechos y los imputados, especialmente en lo relacionado con la participación del señor Duque González y su vinculación con las grabaciones y las declaraciones.


La defensa

El abogado defensor de Dagoberto Bueno Cuartas expuso que las pruebas presentadas por la fiscalía, en su mayoría, se basaban en testimonios no directos y en una transcripción de una grabación que no confirmaba con certeza la identidad de los implicados. Además, se cuestionó la credibilidad de las pruebas presentadas, principalmente las que involucran las afirmaciones de Llanos.

Sin embargo, la jueza de control de garantías encontró que las pruebas presentadas por la fiscalía no eran suficientes para establecer la autoría o participación de los imputados en los delitos de extorsión, peculado, prevaricato y lesiones personales. Además, se señaló que la fiscalía no había podido confirmar la fecha exacta de los hechos y que las declaraciones de los testigos no coincidían con los registros oficiales de la cárcel, los cuales no mostraban actividad en las fechas claves.

Por otro lado, la defensa de Óscar Duque González, a cargo del abogado Cristian Gómez, también pidió la no imposición de la medida de aseguramiento, partiendo de que las pruebas eran insuficientes. También cuestionó la investigación, sugiriendo que se había centrado exclusivamente en la versión de Llanos, sin considerar otras evidencias que podrían haber favorecido a los acusados.


Reacciones a la decisión
La fiscalía expresó su desacuerdo con la decisión de la jueza, argumentando que existen pruebas suficientes para vincular a los imputados con los hechos. En particular, la fiscalía hizo énfasis en los testimonios de Juan Felipe Llanos y la transcripción de las videollamadas, que, según la delegada fiscal, representan elementos importantes en la investigación.


Alias Dago
Dagoberto Bueno Cuartas, tiene tres condenas por porte ilegal de armas y hurto calificado y agravado, por las cuales fue sentenciado a 11 años y 6 meses. Estaba en libertad condicional desde febrero de 2025. Está señalado como exjefe de la banda Cordillera, implicado en homicidios y narcotráfico en varios barrios de Pereira.


Dato
En este proceso también está implicado Jeferson Cañizales Moncada, alias el Tigre, a quien aún no se le ha resuelto la medida de aseguramiento, pues este cambió de abogado.

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