Detención no privativa de la libertad para 3 funcionarios de la alcaldía
Detención no privativa de la libertad fue la medida que adoptó la juez Sexta Penal Municipal de Pereira para tres de los procesados por el caso de la apropiación de dineros de las Cesantías de la alcaldía de la Perla del Otún.
Esta medida solo les impide a los investigados a abandonar el país, de resto pueden continuar con sus actividades habituales, incluso la persona que aún sigue vinculada con la administración municipal, puede retomar su trabajo.
Recordemos que los procesados son José David Monroy Mosquera, Alejandro Arbeláez Castañeda y Jakeline Velásquez Ocampo, dos de ellos se entregaron y Castañeda fue detenido por el CTI.
Qué dijo la juez
Según la jurista en el caso de estos tres procesados considera que sí existe una inferencia razonable de su posible participación en los delitos de peculado en calidad de intervinientes y en obtención de documento falso como coautores.
También estima que el delito es lo suficiente grave y la pena alta, con lo cual se cumplen dos requisitos para imponer una medida de aseguramiento. Pese a ello considera que estos no representan una peligro para la comunidad o la víctima, en este caso el erario público, toda vez que ellos en su calidad de obreros no tienen la posibilidad por sí solos de acceder a los documentos ni a las actividades que se requieren para volverse a apropiar de los recursos públicos.
Sí son funcionarios
En su decisión, la juez también aclaró la condición de funcionarios públicos de los tres procesados para la fecha de los hechos, toda vez que uno de los abogados defensores argumentó que, al tratarse de obreros, en el caso de Monroy Mosquera y Velásquez Ocampo, solo se les daría la categoría de empleados oficiales y de esta forma, no habrían podido cometer el delito de peculado, que es un ilícito solo atribuible a los funcionarios.
La juez expuso claramente que son funcionarios todos los empleados y trabajadores que tengan un contrato con el estado. De esta manera la imputación hecha por la fiscalía es acorde con la ley.
Sí hay sustento documental
Frente a los argumentos de los defensores en cuanto a que la fiscalía no presentó sustento de sobre el ingreso de los dineros a las cuentas de los procesados, la juez manifestó que estos sí existen ya que al proceso se allegaron certificados de ingresos, titularidad de las cuentas y certificados de la alcaldía sobre los montos de los salarios y cuánto debían recibir de cesantías, lo cual comparado con el dinero que entró a las cuentas es, más que desproporcionado, descarado.
¿Y los jefes?
Durante la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, el representante del ministerio público y algunos de los defensores, lanzaron un cuestionamiento sobre la responsabilidad en este caso de los mandos superiores a los procesados y Juan Andrés Ulloa Muñoz, quien fue señalado como el autor.
Indicaron que en casos como estos un auxiliar administrativo no tiene la facultad de manejar las claves para realizar los pagos ni dar autorizaciones. Aseguraron que estas funciones son propias del director administrativo y en últimas del secretario de Hacienda.
Los investigados
Este se benefició con 13 liquidaciones por un valor un valor total de 102 millones 427 mil 304 pesos. Era empleado público desde el 17 de octubre de 2012 hasta el 2019.
Entre los años 2018 y 2019 recibió en total dos desembolsos que sumaron 112 millones 840 mil 250 pesos. Era obrera desde 1997 hasta el 8 de febrero de 2022 cuando presentó la renuncia.
Apeló
La fiscal del caso apeló la decisión de la juez, la cual sustentará el próximo lunes a la 1:30 p.m.
Esta medida solo les impide a los investigados a abandonar el país, de resto pueden continuar con sus actividades habituales, incluso la persona que aún sigue vinculada con la administración municipal, puede retomar su trabajo.
Recordemos que los procesados son José David Monroy Mosquera, Alejandro Arbeláez Castañeda y Jakeline Velásquez Ocampo, dos de ellos se entregaron y Castañeda fue detenido por el CTI.
Qué dijo la juez
Según la jurista en el caso de estos tres procesados considera que sí existe una inferencia razonable de su posible participación en los delitos de peculado en calidad de intervinientes y en obtención de documento falso como coautores.
También estima que el delito es lo suficiente grave y la pena alta, con lo cual se cumplen dos requisitos para imponer una medida de aseguramiento. Pese a ello considera que estos no representan una peligro para la comunidad o la víctima, en este caso el erario público, toda vez que ellos en su calidad de obreros no tienen la posibilidad por sí solos de acceder a los documentos ni a las actividades que se requieren para volverse a apropiar de los recursos públicos.
Sí son funcionarios
En su decisión, la juez también aclaró la condición de funcionarios públicos de los tres procesados para la fecha de los hechos, toda vez que uno de los abogados defensores argumentó que, al tratarse de obreros, en el caso de Monroy Mosquera y Velásquez Ocampo, solo se les daría la categoría de empleados oficiales y de esta forma, no habrían podido cometer el delito de peculado, que es un ilícito solo atribuible a los funcionarios.
La juez expuso claramente que son funcionarios todos los empleados y trabajadores que tengan un contrato con el estado. De esta manera la imputación hecha por la fiscalía es acorde con la ley.
Sí hay sustento documental
Frente a los argumentos de los defensores en cuanto a que la fiscalía no presentó sustento de sobre el ingreso de los dineros a las cuentas de los procesados, la juez manifestó que estos sí existen ya que al proceso se allegaron certificados de ingresos, titularidad de las cuentas y certificados de la alcaldía sobre los montos de los salarios y cuánto debían recibir de cesantías, lo cual comparado con el dinero que entró a las cuentas es, más que desproporcionado, descarado.
¿Y los jefes?
Durante la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, el representante del ministerio público y algunos de los defensores, lanzaron un cuestionamiento sobre la responsabilidad en este caso de los mandos superiores a los procesados y Juan Andrés Ulloa Muñoz, quien fue señalado como el autor.
Indicaron que en casos como estos un auxiliar administrativo no tiene la facultad de manejar las claves para realizar los pagos ni dar autorizaciones. Aseguraron que estas funciones son propias del director administrativo y en últimas del secretario de Hacienda.
Los investigados
- José David Monroy
- Alejandro Arbeláez
Este se benefició con 13 liquidaciones por un valor un valor total de 102 millones 427 mil 304 pesos. Era empleado público desde el 17 de octubre de 2012 hasta el 2019.
- Jakeline Velásquez Ocampo
Entre los años 2018 y 2019 recibió en total dos desembolsos que sumaron 112 millones 840 mil 250 pesos. Era obrera desde 1997 hasta el 8 de febrero de 2022 cuando presentó la renuncia.
Apeló
La fiscal del caso apeló la decisión de la juez, la cual sustentará el próximo lunes a la 1:30 p.m.
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