Carlos Alberto Ramírez Vásquez, de 65 años de edad, detenido por intentar asesinar en un hecho de intolerancia a su sobrino en el corregimi...
Carlos Alberto Ramírez Vásquez, de 65 años de edad, detenido por intentar asesinar en un hecho de intolerancia a su sobrino en el corregimiento de Morelia, Pereira, fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión tras aceptar los cargos en un preacuerdo con la Fiscalía.

El homicidio
Este se registró el domingo 16 de marzo del año 2025, en la finca La Playa, ubicada en la vereda El Retiro. Era alrededor de la 1:40 de la tarde cuando una discusión entre Carlos Alberto Ramírez Vásquez y su sobrino, Julián Agudelo Ramírez, escaló rápidamente debido a una deuda de más de 40 millones de pesos que Carlos Alberto tenía con su allegado. Según se conoció en audiencia, en medio del altercado, Carlos Alberto habría sacado un revólver calibre 32 largo y, al parecer, sin dudarlo, le apuntó directamente en la cabeza a su sobrino y disparó.
Afortunadamente, Julián reaccionó a tiempo y logró cubrirse con los brazos, la bala terminó impactando el hombro izquierdo. Tras el ataque, fue trasladado al hospital, donde recibió atención médica. Carlos Alberto Ramírez fue detenido en flagrancia y judicializado inicialmente por tentativa de homicidio y porte ilegal de armas de fuego, cargos que en principio no aceptó, por lo que fue enviado a prisión preventiva.
Preacuerdo
El escrito de acusación, tras varios aplazamientos, fue finalmente programado para el 3 de septiembre de 2025, fecha en la que la Fiscalía 18 seccional de Pereira anunció un preacuerdo con Carlos Alberto Ramírez, quien aceptó los cargos. La Fiscalía retiró el escrito de acusación y, en su lugar, solicitó un ajuste de legalidad en el caso, considerando las circunstancias y elementos probatorios obtenidos. Según el preacuerdo, la Fiscalía indicó que la agresión ocurrió en un contexto de intolerancia y bajo los efectos del alcohol. El acusado, en estado de alicoramiento desde el día anterior, se mostró agresivo hacia su sobrino, Julián Agudelo Ramírez, quien le reclamaba el pago de una deuda.
Durante el altercado, Julián, en un momento de frustración, le habría llamado "ladrón" a su tío. A pesar de la tensión en la relación, la Fiscalía aclaró que no había antecedentes previos de conflicto entre ambos, y que la intención de Carlos Alberto no era matar a su sobrino.
Además, la Fiscalía señaló que el arma de fuego utilizada estaba cargada, pero que el disparo, que impactó en el hombro izquierdo de la víctima sin comprometer el hueso, fue más un acto impulsivo que premeditado. Es así como Carlos Alberto aceptó los cargos por los delitos de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego y lesiones personales dolosas.
La condena
El día de ayer, el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Pereira emitió el sentido de fallo condenatorio por los delitos de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego y lesiones personales, condenando a Carlos Alberto Ramírez Vásquez a una pena de 56 meses de prisión. La decisión, sin embargo, no fue del agrado de la defensa, que, inconforme con la sentencia, apeló la decisión ya que estaban solicitando que se le otorgará detención domiciliaria, debido a la edad del condenado, su arraigo familiar y social, y su historial sin antecedentes penales.

El homicidio
Este se registró el domingo 16 de marzo del año 2025, en la finca La Playa, ubicada en la vereda El Retiro. Era alrededor de la 1:40 de la tarde cuando una discusión entre Carlos Alberto Ramírez Vásquez y su sobrino, Julián Agudelo Ramírez, escaló rápidamente debido a una deuda de más de 40 millones de pesos que Carlos Alberto tenía con su allegado. Según se conoció en audiencia, en medio del altercado, Carlos Alberto habría sacado un revólver calibre 32 largo y, al parecer, sin dudarlo, le apuntó directamente en la cabeza a su sobrino y disparó.
Afortunadamente, Julián reaccionó a tiempo y logró cubrirse con los brazos, la bala terminó impactando el hombro izquierdo. Tras el ataque, fue trasladado al hospital, donde recibió atención médica. Carlos Alberto Ramírez fue detenido en flagrancia y judicializado inicialmente por tentativa de homicidio y porte ilegal de armas de fuego, cargos que en principio no aceptó, por lo que fue enviado a prisión preventiva.
Preacuerdo
El escrito de acusación, tras varios aplazamientos, fue finalmente programado para el 3 de septiembre de 2025, fecha en la que la Fiscalía 18 seccional de Pereira anunció un preacuerdo con Carlos Alberto Ramírez, quien aceptó los cargos. La Fiscalía retiró el escrito de acusación y, en su lugar, solicitó un ajuste de legalidad en el caso, considerando las circunstancias y elementos probatorios obtenidos. Según el preacuerdo, la Fiscalía indicó que la agresión ocurrió en un contexto de intolerancia y bajo los efectos del alcohol. El acusado, en estado de alicoramiento desde el día anterior, se mostró agresivo hacia su sobrino, Julián Agudelo Ramírez, quien le reclamaba el pago de una deuda.
Durante el altercado, Julián, en un momento de frustración, le habría llamado "ladrón" a su tío. A pesar de la tensión en la relación, la Fiscalía aclaró que no había antecedentes previos de conflicto entre ambos, y que la intención de Carlos Alberto no era matar a su sobrino.
Además, la Fiscalía señaló que el arma de fuego utilizada estaba cargada, pero que el disparo, que impactó en el hombro izquierdo de la víctima sin comprometer el hueso, fue más un acto impulsivo que premeditado. Es así como Carlos Alberto aceptó los cargos por los delitos de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego y lesiones personales dolosas.
La condena
El día de ayer, el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Pereira emitió el sentido de fallo condenatorio por los delitos de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego y lesiones personales, condenando a Carlos Alberto Ramírez Vásquez a una pena de 56 meses de prisión. La decisión, sin embargo, no fue del agrado de la defensa, que, inconforme con la sentencia, apeló la decisión ya que estaban solicitando que se le otorgará detención domiciliaria, debido a la edad del condenado, su arraigo familiar y social, y su historial sin antecedentes penales.
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