La Policía no actuó y ella terminó muerta

El Tribunal administrativo de Cundinamarca condenó en segunda instancia a la Policía Nacional por el feminicidio de Kelly Vanessa Puerta Ari...

El Tribunal administrativo de Cundinamarca condenó en segunda instancia a la Policía Nacional por el feminicidio de Kelly Vanessa Puerta Aristizábal, ocurrido el 11 de enero de 2018 en Quimbaya, Quindío. Según el fallo, la joven madre de una recién nacida acudió a la Policía para denunciar las amenazas de muerte de su expareja, Davinson Alejandro Loaiza Aranzazu, pero no fue escuchada ni protegida. La negligencia de las autoridades permitió que el crimen se consumara, por lo que el Tribunal los responsabilizó por omisión en su deber de garantizar la vida y seguridad de la víctima.Este fallo sienta un precedente que obliga a la institución a proceder en futuros casos similares.




El feminicidio


Kelly, de apenas 19 años de edad, fue asesinada en la noche del jueves 11 de enero en el barrio Villa del Prado. Su expareja y padre de la niña, Dávinson Alejandro Loaiza Aranzazu, tocó a la puerta y cuando ella salió, el hombre le propinó tres disparos. La joven fue atacada frente a sus padres, sus hermanas y su pequeña hija de 6 meses de nacida. A pesar de que fue auxiliada y trasladada a un hospital murió debido a la gravedad de las heridas.

Kelly fue asesinada por su expareja, quien la maltrataba desde hacía dos años y a quien había denunciado en repetidas ocasiones. El mismo día del crimen, la víctima acudió a las autoridades policiales tras ser intimidada por el agresor en la mañana, pero solo fue acompañada a su casa sin recibir protección. Dos horas después, el sujeto regresó y la mató; luego intentó quitarse la vida tras cometer el feminicidio, pero cuando pretendía dispararse a sí mismo, el papá de la víctima lo golpeó con un palo y se le cayó el arma tras lo cual salió huyendo.


El hombre está pagando 42 años de cárcel

Davinson Alejandro Loaiza Aranzazu, de 34 años, fue capturado en agosto de 2018, seis meses después de haber asesinado a Kelly, la madre de su hija. Tras una minuciosa investigación por parte de la Fiscalía y la Policía, y varias audiencias judiciales, en mayo de 2020 fue condenado a 42 años y 6 meses de prisión por el delito de feminicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego. Actualmente cumple su condena por el atroz crimen que le arrebató la vida a una joven madre.

Durante el juicio oral antes de conocerse el sentido del fallo condenatorio, se supo que la joven víctima lo había denunciado por inasistencia alimentaria, ya que tenían una hija.




Demanda contra la Policía Nacional

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en sentencia de finales de julio, declaró administrativamente responsable a la Policía Nacional, por la muerte de Kelly Vanessa Puerta Aristizabal.

El proceso de reparación fue adelantado por un abogado pereirano, dada la omisión en que incurriera la Policía Nacional en el municipio de Quimbaya, de activar de manera inmediata los protocolos de seguridad a favor de la hoy víctima. La mujer en mención luego de ser golpeada y amenazada en su residencia, acudió de manera personal a la estación de policía denunciando los graves atropellos de los que era víctima; sin embargo, la policía solo se limitó a recibir la denuncia y a acompañarla hasta su residencia, sin ningún protocolo de seguridad, lugar en el que una hora después, su compañero sentimental la asesinó, delante de su hija.

El Tribunal de Cundinamarca hizo énfasis en la protección de las mujeres víctimas de violencia y la perspectiva de género que debe de ser aplicada en esos casos, recordando la obligación de prevenir hechos futuros, mediante el fortalecimiento institucional y el despliegue de medios de protección adecuados.

Recordó que cuando la violencia revista gravedad o se tema la repetición, la autoridad debe de activar los protocolos de protección temporal en favor de la víctima, que fue precisamente, lo que no ocurrió en este caso.

Ordenó el Tribunal además la reparación económica en favor de la familia, la atención psicológica y el acompañamiento adecuado a la hija de la fallecida por parte del Ministerio de Defensa.



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